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miércoles, 08 julio 2026 00:43
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*Con amplias mayorías, el Pleno del Congreso del Estado modificó el marco legal local para fortalecer los derechos humanos, la presunción de inocencia y el interés superior de la niñez.

San Raymundo Jalpan, Oax., a 07 de julio de 2026.- En una intensa Sesión Ordinaria, el Pleno del Congreso del Estado de Oaxaca aprobó este martes dos trascendentales reformas legislativas orientadas a la protección de los derechos humanos: la garantía del derecho al voto para personas en prisión preventiva y el reconocimiento legal del embarazo en menores de 14 años como una modalidad de violencia sexual.

Protección integral a la niñez ante la violencia sexual

Con un respaldo de 28 votos a favor, el Poder Legislativo aprobó el dictamen que adiciona un segundo párrafo a la fracción V del artículo 7 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género. A partir de esta modificación, el embarazo en niñas menores de 14 años será legalmente considerado como una modalidad de violencia sexual y no meramente como un problema de salud pública aislado.

El dictamen, elaborado por la Comisión Permanente de Mujeres e Igualdad de Género a partir de una iniciativa de la diputada Jimena Yamil Arroyo Juárez (Morena), establece que todo caso de esta naturaleza deberá investigarse de forma inmediata con perspectiva de género e infancia. La reforma argumenta que la gestación a tan temprana edad es un indicio objetivo de agresión sexual, dado que las menores carecen de capacidad jurídica para otorgar un consentimiento válido.

Al respecto, la legisladora Arroyo Juárez enfatizó: “El embarazo infantil no debe ser normalizado, es un indicio de violencia sexual y debe ser atendido como tal”, buscando con ello evitar la revictimización y generar estadísticas fiables para políticas públicas en las ocho regiones del estado.

Garantía al sufragio y presunción de inocencia

En la misma sesión, el Pleno legislativo aprobó con 29 votos a favor la reforma al artículo 12 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, con el fin de reconocer y salvaguardar el derecho al voto activo de las personas ciudadanas recluidas bajo la medida cautelar de prisión preventiva.

La reforma deroga las restricciones automáticas previas, alineando la legislación local con los tratados internacionales y el principio constitucional de presunción de inocencia, ya que los afectados aún no cuentan con una sentencia condenatoria firme. La iniciativa —promovida por las y los diputados Dulce Belén Uribe Mendoza, Tania López López, Lizbeth Anaid Concha Ojeda, Iván Osael Quiroz Martínez y Oliver López García— formaliza que el derecho al voto solo se suspenderá cuando exista una resolución judicial ejecutoriada.

Durante el debate, la diputada Uribe Mendoza defendió la medida señalando que esto fortalece el Estado de derecho: “En Oaxaca la culpa se determina con pruebas y con sentencia, nunca con la sola sospecha ni con la privación de la libertad”, concluyó.

Con estas dos resoluciones, el Congreso de Oaxaca adecúa su marco normativo para asegurar que la privación cautelar de la libertad no anule los derechos políticos esenciales, al tiempo que dota a las instituciones de herramientas firmes para combatir las violaciones sistemáticas a los derechos de las niñas y adolescentes en la entidad.

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